La corte del Polanski criollo por Hernán Pérez Loose (El Universo 24 Nov 09)

En el Registro Oficial 43 del 8 de octubre de 2009 se encuentra publicada probablemente la sentencia más horrenda que haya expedido tribunal alguno no solo en el Ecuador sino en el mundo. Se trata de una sentencia de la Corte Constitucional por la que el Sr. Floresmilo Villalta, que había sido condenado por violar a una menor, se lo declara beneficiario de una amnistía política y se ordena su libertad.

La niña tenía 12 años cuando fue violada.  A Villalta se le inició un proceso penal que concluyó con una sentencia condenatoria del Tribunal Cuarto de lo Penal de Pichincha el 16 de octubre de 2006. Villalta impugnó la sentencia a la Corte Suprema. La Corte confirmó la sentencia. La sentencia quedó firme, pasó por autoridad de cosa juzgada. El culpable continuó detenido en prisión.

No es difícil imaginar el dolor sufrido por la niña y su familia. Dolor que en mínima parte quedó compensado por la acción de la justicia. Pero sucede que el violador había sido un activista defensor del medio ambiente. Y los asambleístas de Montecristi entre las barbaridades que hicieron fue aprobar una amnistía a la que denominaron pomposamente de “Derechos Humanos Criminalizados”. En virtud de ella, varias personas, incluyendo Villalta, fueron amnistiadas por varios delitos de los que habían sido acusadas, según los constituyentes, por razones políticas.

En la resolución los constituyentes enumeraron los delitos supuestamente  “inventados” contra estos héroes de los derechos humanos. Sin embargo, al menos tuvieron el decoro de no incluir al abuso sexual entre los delitos que se declaraban “olvidados”. Es decir, la amnistía política no alcanzaba al delito de Villalta de haber violado la menor.

Villalta intentó, de todas maneras, salir libre. Propuso un hábeas corpus alegando que la amnistía le favorecía. La Corte de Pichincha (Tercera Sala) se lo negó. Luego intentó una “Acción de Incumplimiento” constitucional, alegando que no se quería dar cumplimiento a la amnistía. El petitorio fue obviamente negado por el magistrado que lo conoció.

Villalta entonces apeló a la Corte Constitucional. Y es aquí donde se produce la segunda violación de los derechos de la menor. La Corte interpreta extensivamente la amnistía para concluir que la violación de la menor fue un delito político por lo que Villalta debe salir libre.  La Corte habla, entre otras estupideces, del sufrimiento que había padecido Villalta (no el de la niña que él abusó sexualmente…) de su noble lucha a favor de los bosques y del apoyo recibido, entre otros, por nada menos que la Cedhu y otras “organizaciones sociales”.

La sentencia está siendo traducida a varios idiomas, pues, presentaré las denuncias internacionales respectivas. Si estuviésemos en un régimen de derecho, los magistrados que firmaron esta repugnante sentencia estuvieran ya presos junto con Villalta. Pero el dictador no lo permitiría. Para él y para Alianza PAIS tener una Corte Constitucional sumisa vale más que los derechos de una niña inocente.

(Nota: si el proyecto Mordaza habría estado vigente, yo no hubiese podido escribir este comentario.)

2 comentarios sobre “La corte del Polanski criollo por Hernán Pérez Loose (El Universo 24 Nov 09)

  1. En facebook hay un grupo creado con el fin de seguir este caso. El objetivo es que el reo vuelva a cumplir su condena y pedir responsabilidades a los jueces que cometieron una grave violación a los derechos fundamentales de una niña de 12 años de edad que sufrió violación.
    Enlace:

  2. Villalta intentó, de todas maneras, salir libre. Propuso un hábeas corpus alegando que la amnistía le favorecía. La Corte de Pichincha (Tercera Sala) se lo negó. Luego intentó una “Acción de Incumplimiento” constitucional, alegando que no se quería dar cumplimiento a la amnistía. El petitorio fue obviamente negado por el magistrado que lo conoció.

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